Se reconoce la voluntad de trabajo de los directivos que conforman la Asociación de Vecinos del Condominio Cañadas del Río Colonial, que ha sido complicada la elección en el Condominio por la indiferencia que ha existido en aceptar los cargos, sin embargo, casi siempre se ha logrado conformar la Junta Directiva; la actual tomó posesión el 31 de agosto del 2023, siendo ellos:
- Bradly Ruiz, casa 13
- Edwar Ayau, casa 186,
- Jorge David Velásquez, casa 124,
- Brenda López, casa 52,
- Renato Quiñónez, casa 131,
- Luis Pozuelos, casa 103.
No obstante ese ímpetu, es necesario llamar a la reflexión por las decisiones que han aprobado recientemente, entre ellas, la construcción de una bodega que está atrás de la Casa Club, la imposición de multas en parqueos de visita,
y la más reciente, la habilitación de las instalaciones de la casa club los días sábados y domingos, que incluye:
y la más reciente, la habilitación de las instalaciones de la casa club los días sábados y domingos, que incluye:
- Uso del jardín frontal
- Uso de salón segundo nivel, máximo 50 personas
- Uso de Equipo de Sonido y video
- Mobiliario, mesas y tableros
- Wifi gratis.
El costo la Junta Directiva lo ha establecido en Q150.00, por cuatro horas, para cubrir gastos de consumo de energía eléctrica; si hay un horario diferente, el cobro es de Q300.00.
Estas decisiones comentadas salen de la competencia de la Junta Directiva, pues es oportuno hacerles de su conocimiento que existe una prohibición discutida en las asambleas convocadas durante la primera y tercera junta directiva de la Asociación, sobre la utilización de esas áreas de la Casa Club, con base a la experiencia en proporcionar el uso del área denominada "Piñatón", precisamente por el desorden y daños que provocaron en ese entonces. Esa prohibición sigue vigente y solo una Asamblea la pueda modificar o dejar sin efecto.
Además, cuando se trata de tarifarios en el uso de las instalaciones o multas, solo la asamblea general puede aprobarlos y reglamentarlos, y además, hay un daño intensivo en las instalaciones, la grama, la incomodidad de los usuarios del gimnasio, el jacuzzi, la piscina y los baños sauna, a la hora de una actividad con mucha gente, el bullicio que causa intranquilidad a las familias residentes en las cercanías y la ocupación de los escasos parqueos de visitas.
Los proyectos y gastos de la Junta Directiva deben estar contenidos en el Plan de Trabajo y de Presupuesto que debe aprobarse cada año por Asamblea General, lo cual no ocurrió en las últimas asambleas, aspecto que está contemplado en el Reglamento de Copropiedad y Administración de la Copropiedad del Condominio Cañadas del Río Colonial.
Las funciones de cada órgano que conforman la administración, está contenida en el Reglamento mencionado y son las siguientes:
Artículo Décimo Cuarto. Atribuciones de la Asamblea: La Asamblea de Propietarios es el órgano supremo de la Administración del inmueble y sus facultades son absolutas, correspondiéndole: a) Elaborar y aprobar anualmente el presupuesto de ingresos y egresos. b) Conocer, en esa misma sesión, el informe de la Junta Directiva y la cuenta de administración. c) Declarar la urgencia o necesidad de determinadas obras y fijar su importe. d) Elegir y remover los miembros de la Junta Directiva. e) Decretar las reformas al presente reglamento. f) Fijar el monto de las cuotas de inversión que deben pagar los propietarios de cada inmueble. g) Conocer, informarse y decidir sobre cualquier asunto de interés común.
Artículo Décimo Séptimo. Atribuciones de la Junta Directiva: Además de las atribuciones que este Reglamento le asigne a la Junta Directiva, le corresponderá: a) Ejecutar y velar porque se ejecuten los acuerdos de la Asamblea de Propietarios. b) Convocar a sesiones a la Asamblea de Propietarios. c) Complementar las que haya acordado la Asamblea de Propietarios, siempre que no se contrapongan a las mismas. d) Preparar el proyecto de gastos de operación de mejoras y de inversiones. e) Nombrar, remover y fiscalizar sus funciones. f) Decidir acerca de cualquier otro asunto que no esté encomendado a la Asamblea de Propietarios.
Como antecedente, el segundo nivel está destinado para área de gimnasio, y se contaba con los equipos y accesorios, y en el área donde estaba la cancha de racquetbol o squash, se trasladó parte de los equipos de gimnasio y se completó con la adquisición del equipo actual. Es decir, no ha existido área para eventos.
Por lo expuesto, se exhorta a la Junta Directiva realizar la derogatoria de la disposición de rehabilitar el área de la casa club para utilizarla para eventos, por contravenir una disposición de Asamblea General.
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