viernes, 17 de julio de 2020

Avanza atención del talud

Condominio Cañadas del Río Colonial, Villa Canales

De conformidad con la circular de Junta Directiva de la Asociación de Vecinos del Condominio Cañadas del Río Colonial, se ha avanza en la prevención y mitigación del talud que se encuentra en muy malas condiciones.

De acuerdo a  uno de los técnicos de la empresa que realiza los trabajos en el talud,  este necesita que mensualmente tenga mantenimiento, para que haya una duración de por lo menos 18 meses, tiempo en el cual, los condóminos tendrán que aprobar la realización de los estudios geotécnicos, la obtención de cotizaciones con varias empresas, y determinar el costo que a cada condómino le corresponderá aportar.





martes, 14 de julio de 2020

Talud, un primer trabajo


Condominio Cañadas del Río Colonial, Villa Canales

La Junta Directiva del Condominio Cañadas del Río Colonial, ha hecho circular la información referente a la primera fase de reparación del talud, publicando la misma de manera textual:


Circular No. 19 JD 2019-2021
Tema: Talud
Villa Canales,  25 de junio de 2020

Estimados Condóminos:

Por este medio hacemos de su conocimiento qué como Junta Directiva nuestro compromiso sigue firme y seguimos velando por el buen funcionamiento y seguridad condominio por lo cual le presentamos el proyecto a ejecutar en el área del talud, en la búsqueda de resguardar la vida de cada uno de los vecinos y mantener la plusvalía de nuestras viviendas.
Antecedentes:

En el año 2007 cuando la inmobiliaria vende las viviendas en el condominio, el talud no se encontraba protegido y su verticalidad era considerable. En el año 2010 durante la tormenta tropical Agatha, el talud se vio afectado con varios deslizamientos, este fenómeno volvió a repetirse en el año 2013.

En uno de los estudios realizados por CONRED, el día 10 de septiembre del año 2014, en el inciso 7, análisis de condiciones, especifica lo siguiente: “Desde la planificación de la construcción del condominio el talud localizado al este del mismo no ha recibido ningún tratamiento especial  ya sea que implique medidas estructurales o no estructurales con un diseño adecuado para evitar que ocurriera algún evento deslizamiento o flujo de detritus”.

Una de las recomendaciones de CONRED, establecidas en el inciso 9, cita: “A las instituciones competentes (inmobiliaria, municipalidad de Villa canales, entre otras ), realizar el estudio geotécnico para el diseño de obras que estabilicen y protejan el talud”.

A causa del derrumbe que se presentó en el invierno del año 2019 se ingresaron dos memoriales a la Municipalidad de Villa Canales fechados 28 de octubre de 2019 y 16 de diciembre 2019, solicitando apoyo para realizar trabajos de mitigación en el área del talud ante requerimientos planteados, el alcalde Julio Marroquín informó que, siendo el condominio propiedad privada, la municipalidad de Villa Canales no podían brindarnos ningún tipo de apoyo.

En los últimos meses hemos continuado con investigaciones para darle mantenimiento al área de salud y a pesar de la calamidad actual eh las restricciones interpuestas por el Gobierno del distanciamiento social, la prohibición de las reuniones, etc., se coordinó una visita de campo con el Ing. Gilberto Yoc de León y con el señor Joel Chacón quienes laboran para la constructora YDL, cabe mencionar que se contó con el acompañamiento y asesoría profesional del Ingeniero civil Luis Contreras. La finalidad de la visita fue conocer el estado actual del talud, riesgos que se tienen por futuros deslaves y trabajo de investigación que se debe de hacer en el área.

Descripción del Estado actual del talud

1.       Presenta deslave desde la parte superior en la base donde estaba el muro perimetral  el desprendimiento tiene un ancho de 11 metros afectando todo en la parte baja hasta la primera berma  destruyó las cunetas existentes la tubería de concreto para bajar de agua pluvial dejando tapadas las salidas en la parte inferior a nivel de calle están al descubierto las raíces de los árboles y escombros con alto riesgo de caída además presenta gran cantidad de escombros sobre la berma así también acumulación de hojas secas que obstruyen el caudal de agua en las cunetas.

2.       A lo largo del muro perimetral en dirección nor oriente se observa que la parte final de la cuneta fue dañada a propósito fue socavada la base y quebrada para que no ingresara agua al tubo de concreto (candela), también se descubre que existe una cuneta sin revestimiento y la acumulación de hojas secas.

3.       Existe el riesgo latente de un nuevo deslave por saturación del talud, debido a la pendiente que presenta esto atenta contra la funcionalidad del sistema de desfogue de aguas pluviales contra el patrimonio y contra la vida de las personas que habitan el condominio.

Por lo anteriormente expuesto se procederá a realizar trabajos para mitigar la saturación de agua en el talud, se realizará limpieza de bermas, instalación de nylon sobre talud y construcción de cunetas. aclaramos que los trabajos son de prevención, no incluye un estudio geotécnico, Asimismo se les hace su conocimiento que de no ejecutar ninguna acción Se tiene el riesgo latente de nuevos deslaves lo cual atenta contra la vida de cualquier vecino que pase por el área adicional afecta la plusvalía de nuestro patrimonio.

Este proyecto se ejecutará durante el mes de julio del año en curso y para su realización no se pedirá ninguna cuota extraordinaria derivado a que son trabajos de mantenimiento y limpieza del salud agradecemos el apoyo y la asesoría a nuestros vecino: ingenieros Luis Contreras y Juan Pablo Oliva .

Atentamente

Junta Directiva 2019-2021     

miércoles, 27 de mayo de 2020

Covid -19: Sectores vulnerables sacan bandera blanca

Condominio Cañadas del Río Colonial, Villa Canales


La pandemia de la cepa del coronavirus denominada Covid -19 ha quebrado parcialmente  la cadena productiva y de servicios del país y el resto del mundo, con efecto nefasto para las familias más vulnerables para el contagio del Coronavirus, entre ellos, niños y personas de la tercera  edad y las mujeres en su diversidad. Pero esta vulnerabilidad está afectando gravemente a la mayoría de la población de pobreza general y extrema pobreza, (79% de la población) la cual cada día que pasa en la cuarentena y con las medidas restrictivas aumentadas  de la suspensiones de clases, el paro laboral y la suspensión de actividades no esenciales y el cierre del transporte público de personas más precaria su situación, evidencia la hambruna que está provocando.  








La economía informal donde está el 80% de la población económicamente activa, es la que le permite generar ingresos diarios,  la que  ha sido más sensible las consecuencias de las medidas adoptadas por el Gobierno en el marco del Estado de Calamidad Pública





Breve antecedente
  1. El 5 de marzo de 2020, el presidente Giammattei decretó, junto a sus ministros, el estado de Calamidad, limitando concentraciones de personas y se prohíben toda clase de espectáculos públicos, reuniones y eventos. La medida se mantendría vigente hasta el 5 de mayo. 
  2. A partir de la detección del primer caso de coronavirus en el país, el 13 de este marzo, las restricciones se incrementaron con suspensión de clases, paro laboral y suspensión de actividades no esenciales, acompañado de suspensión de transporte público, visita a reos, consultas externas en hospitales, prohibición de ingreso a extranjeros y el cierre de fronteras terrestres, aéreas y marítimas que se adoptaron por 15 días y terminarían el 31 de marzo.​
  3. El 23 de marzo de 2020, se aprobó de urgencia nacional el Decreto 9-2020, el cual establece una prórroga de 30 días más al estado de Calamidad Pública. El estado de Calamidad Pública incluye la aprobación de un fondo de emergencia de Q230 millones, el cual se podrá utilizar para las compras que se requieran para atender la emergencia del COVID-19. También se ratificó el toque de queda de 4PM a 4AM, decretado por el presidente Alejandro Giammattei por un período de ocho días, medida que inició el domingo 22 de marzo y finaliza el domingo 29 de marzo de 2020.
  4. En cadena nacional, el presidente Alejandro Gimmattei anunció que se restringe la movilidad y circulación para los viajes de recreación familiar en todo el país durante esta Semana Santa, desde el domingo 5 de abril a las 4 de la tarde hasta el 12 de abril a medianoche.
Hasta la fecha, se han puesto en marcha los programas de ayuda social, como el Bono Familia, que tendrá un alivio temporal en la atención de necesidades de las familias beneficiadas, que principió a partir del 18 de mayo, con base a las facturas o recibos del consumo de la energía eléctrica.  No obstante, este beneficio aún no ha sido para todas las familias, por lo que las banderas blancas permanecerán por más tiempo.

Las personas o grupos organizados de las residencias del sector, Ribera del Río, Cañadas del Río y Cañadas del Río Colonial, han repartido bolsas con alimentos básicos, a las familias que tienen banderas blancas en la carretera hacia Villa Canales.



Junta Directiva debe aplicar Reglamento

Condominio Cañadas del Río Colonial, Villa Canales

La Junta Directiva de la Asociación de Vecinos del Condominio Cañadas del Río Colonial, tiene el mandato de vigilar por el cumplimiento del Reglamento de Copropiedad y Administración de la Copropiedad del Condominio Cañadas del Río Colonial, con el propósito de mantener  las buenas relaciones de vecindad.

El Reglamento fue de aceptación por todos los condóminos y este está inscrito en el Registro General de la Propiedad.  

Desde que el Condominio mantiene su organización a través de la Asociación, su Junta Directiva ha aplicado en diversas circunstancias el Reglamento, como los siguientes casos:  Ordenar el parqueo, no permitiendo el estacionamiento de vehiculos en las calles y obligando a utilizar el área de su casa para ese propósito; la construcción o ampliación de las viviendas obedeciendo el estilo colonial, evitar construir tercer nivel y paredes que se salgan del diseño original.  

Como antecedentes documentados en la aplicación del Reglamento, se tienen que la Junta Directiva presidida por Eduardo Prera, período 2008-2011, en sesión extraordinaria, y por medio de acta notarial de fecha  veinte de diciembre de 2011,  acordó la imposición de   US$2000.00 de multa para cada uno de los condóminos infractores así como se autorizó otorgar mandato judicial con representación, para que el  mandatario en nombre y representación del Condominio, ejerciera las acciones judiciales.  Por medio de notificación notarial de requerimiento, con fecha 21 de diciembre, se entregó a los condóminos el aviso de la multa.  Previo a la imposición de la multa, la Junta Directiva solicitó a Servicios Generales Mundo Verde, correr audiencia a cada condómino.

En este momento se saca a colación los antecedentes, porque se ha observado nuevamente la infracción reiterada del Reglamento en vario aspectos: la construcción parcial de tercer nivel, pérgolas,  acumulación de basura al costado de la casa 22, materiales de construcción ocupando espacios públicos, saturación en parqueo público al no utilizar sus propios espacios.



Por lo expresado, se hace un llamado a la Junta Directiva en atender una de sus principales funciones, que es la vigilancia del cumplimiento del Reglamento y ejercer la potestad que le otorga el instrumento.

A continuación, los principales artículos contenidos en la normativa:


ARTICULO PRIMERO. APLICABILIDAD: Al presente reglamento se sujetarán las relaciones de vecindad y condominio entre los diferentes titulares de los inmuebles que integran el Condominio “Cañadas del Río Colonial”, así como todas las relaciones de propiedad, administración, convivencia, condominio y en general, cualesquiera otras que se den entre diferentes propietarios, actuales o futuros de dichos inmuebles. En consecuencia, los propietarios, poseedores, inquilinos, usufructuarios, usuarios y, en general, toda persona que por cualquier concepto adquiera, posea, ocupe o visite cualquier inmueble dentro del Condominio, quedará automáticamente sometido en forma ilimitada e irrestricta a este Reglamento, que es de duración indefinida y sólo podrá ser modificado cumpliendo los requisitos que se establecen más adelante. Los propietarios que dispongan de la manera que sea de su derecho de uso de su inmueble a una tercera persona, serán responsables personalmente, en forma mancomunada solidaria e ilimitada con el tercero, de la ejecución y cumplimiento de las obligaciones y condiciones impuestas por el presente reglamento. Asimismo, serán de cumplimiento obligatorio para todos, las normas de convivencia contenidas en: a) Los acuerdos y las resoluciones que en el futuro tome la Asamblea de Propietarios o la Junta Directiva designada por éstos; b) Las normas legales que sobre la materia establece el Código Civil y demás leyes de la República. Cualquier pacto o acuerdo individual que se celebre entre las personas a que se refiere el presente reglamento y que lo restrinja, tergiverse, amplíe, modifique, interfiera o altere de cualquier forma, será nulo ipso jure y no podrá oponerse a terceros.

ARTICULO CUARTO. DERECHOS: Son derechos de los titulares de los distintos inmuebles: a) Usar, gozar y disponer de su inmueble particular, dentro de los linderos respectivos delineados en los planos originales y de registro en el título de adquisición; y de los bienes y elementos comunes del proyecto, únicamente con las limitaciones establecidas en la ley, en este Reglamento, en la servidumbre constituida, y las disposiciones que en el futuro se establezcan por la Junta Directiva y la Asamblea de Propietarios. Adicionalmente, los propietarios particulares no podrán enajenar, gravar, arrendar y en general, disponer de sus derechos de copropiedad de las áreas comunes en forma aislada o separada de los derechos que les corresponden sobre el inmueble de su propiedad. b) El propietario podrá hacer toda clase de obras y reparaciones en el interior y exterior de su propiedad, siempre que las mismas no afecten de manera alguna los bienes y elementos comunes, seguridad, salubridad, estructura o solidez, estética y funcionabilidad general del Condominio, especialmente no podrá variar las fachadas de las viviendas. Esta prohibición Implica que no se puede construir en los jardines de los lotes, no se pueden poner rejas de ningún tipo, cercas artificiales o naturales, o muros perimetrales enfrente de las casas. De la misma manera, queda prohibido alterar la altura de la casa construida, la cual no puede ser modificada con un tercer piso, ni un ático, en ningún caso.

REGIMEN DISCIPLINARIO.

ARTICULO VIGÉSIMO SEGUNDO. SANCIONES Y MULTAS: La infracción a las normas legales y convencionales y el incumplimiento de cualquier obligación por parte de cualquiera de los miembros del condominio, que no sea la falta de pago de las distintas cuotas, dará derecho a cualquier otro miembro del Condominio a accionar de la forma siguiente: A) A recurrir mediante queja formal ante la Junta Directiva; B) Civilmente, demandando los daños y perjuicios que hubiere causado la infracción o el incumplimiento de la obligación; C) Penalmente por delitos o faltas cometidas. En todo caso, las infracciones e incumplimientos mencionados anteriormente por parte de los miembros el Condominio, da derecho a la Junta Directiva del Condominio al cobro de una multa equivalente en quetzales a DOSCIENTOS DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, y DOS MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA, dependiendo de la gravedad o reincidencia de la infracción incurrida; salvo los casos que ya tienen señalada su multa en este instrumento. La resolución de la Junta Directiva del Condominio no será apelable. 

miércoles, 4 de marzo de 2020

Se incrementa más de veinte quetzales a los servicios

Condominio Cañadas del Río Colonial, Villa Canales

Según quejas recibidas por varios vecinos del condominio, relacionados con el incremento de los servicios de mantenimiento, han manifestado su total desacuerdo sobre los montos que están cargados al estado de cuenta.

En Asamblea ordinaria celebrada el 22 de febrero, durante la cual no se permitió el debate crítico sobre los puntos agendados, ya que limitaron el tiempo de participación y se fueron posponiendo, para el final de la misma,  aspecto que finalmente no ocurrió. Por ejemplo, uno de los puntos torales de la Asamblea, fue el planteamiento sobre el aumento de la cuota derivado de la falta de capacidad financiera que tiene actualmente la Asociación de Vecinos del Condominio Cañadas del Río Colonial, aspecto que efectivamente es una realidad, aunado al incremento del servicio que presta Mundo Verde sobre el tratamiento de aguas residuales, a partir del mes de enero del presente año, producto de la negociación que efectuó la directiva anterior en el mes de agosto.

En el momento de discusión sobre el aumento de la cuota, un vecino hizo la propuesta avalada por otro,  que el incremento debería ser de Q50.00, por los incrementos de costos a futuro. Al votar sobre las opciones de incremento de Q20.00  o Q50.00,  por mayoría de votación, se quedó establecido el incremento por un valor de Q20.00.  Previamente la junta directiva indicó que derivado que el monto de intereses que se pagan por el préstamo del pozo, ya no es la misma cantidad que la del inicio del plazo del préstamo, habían hecho cálculos que de ese rubro obtendrían más recursos para compensar la pequeña cuota de veinte quetzales que se incrementaba.

No se discutió que el aumento sería a partir de los servicios correspondientes al mes de febrero, ni tampoco se indicó la vigencia a partir de qué mes regiría el aumento, sin embargo,  por lógica simple se sobreentendería qué sería partir de la fecha en que se aprobaba el aumento de manera proporcional y de forma completa a partir del mes de marzo.  Muchos estarán de acuerdo en que se cobre a partir del mes de marzo, sin embargo, con el actuar de la Junta Directiva, en este caso, no hay transparencia en la forma como se está cobrando el incremento de los servicios,  porque en algunos cobros en estado de cuenta,  sobrepasan los Q50.00quetzales y por simple matemática para determinar el incremento,  sencillamente se parte,  para la mayoría de los condóminos,  de la cuota general de servicios por un valor de Q650.00 más los veinte quetzales de aumento, darían un total de Q670.00, de cuota básica más los excesos u otros cargos que se han generado durante el mes.

Lo que está haciendo la Junta Directiva constituye un abuso de poder y es  incorrecto y se debe regularizar los recibos de cobro, para que  se quede el aumento conforme lo aprobado en Asamblea Ordinaria.  En ningún momento  se dieron más detalles en torno a la forma de calcular el aumento de la cuota y según la evidencia que tengo en mi poder,  un condómino muestra copias del estado de cuenta del mes de mes de enero y comparado con el mes de febrero, se observa claramente el incremento de Q50.00;  ¡ esto no puede ser!.  Señores de la Junta Directiva,  ustedes tienen un mandato de asamblea general y no pueden hacer nada fuera de lo acordado en la misma: aplicar el aumento sí,  el cual significa sumar 20 quetzales, pero hacer otro tipo de cálculos que no fueron expuestos en la asamblea general, no.

Con base al artículo octavo. Presupuesto anual y monto de las cuotas, del Reglamento de Copropiedad y administración de la copropiedad del Condominio Cañadas del Río Colonial, establece que "el monto de la cuota podrá variar...cuando varíen a su vez el costo de los servicios que se incluyen en el mantenimiento, ...Para el efecto..podrá avisar por escrito a los usuarios sobre el aumento que se producirá, con al menos treinta días calendario  de antelación al momento en que tendrá verificativo dicho aumento", el aumento no procede en  un período en ejecución, excepto cuando expresamente se haya aprobado en asamblea general.

Por la falta de capacidad financiera ante la crítica situación de los problemas afrontados en el condominio, es que, de manera reiterada, se hizo por medio de Comunícate Cañadas que se hiciera la asamblea extraordinaria, pero las peticiones se ignoraron.

Se solicita que el proyecto de redacción del acta de la asamblea ordinaria anterior se haga llegar a los vecinos por medio de correo electrónico o que sea publicado en la página que creó la junta directiva para que no pase lo que sucedió en la asamblea anterior,  en la cual se les solicitó enmendar el acta correspondiente,  lo cual se negaron.

La junta directiva debe recibir el apoyo de todos los vecinos pero ésta debe de actuar en forma transparente y hacer valer y ejecutar las resoluciones de asamblea general y no dejarlo en simples aprobaciones como ha sucedido con la auditoría externa, con la contratación del contador y otros.

Los vecinos que han presentado sus inconformidades a la Administración, fueron citados a la reunión de Junta Directiva, el día miércoles 4 de marzo, a partir de las 21:00 horas.

domingo, 23 de febrero de 2020

Resultados de la Asamblea

Cañadas del Río Colonial, Villa Canales

Se desarrolló la Asamblea Ordinaria, a partir de las 18:00 horas hasta las 21:50 horas, en una jornada muy larga, por la agenda con demasiado puntos, en los cuales se encontraba la elección de dos miembros de la Junta Directiva de la Asociación de Vecinos del Condominio Cañadas del Río Colonial, y la elección de la Comisión Fiscalizadora, que finalizó su periodo estatutario.

Previo al inicio de la Asamblea, se sometió a consideración la aceptación de la transmisión en vivo del evento, por medio de Comunícate Cañadas, cuyo resultado fue  improbado por un 54.30%, razón por la cual, la transmisión se interrumpió.

Se leyó el acta de la asamblea anterior, y a la misma le hizo falta un punto esencial que planteó el condómino Ricardo Diaz-Durán, sin embargo, la Junta manifestó que quedaba firme el acta, por estar firmada, aspecto que hay mecanismo de ampliarla por una adenda.

Luego se dió lectura de las principales acciones realizadas al 31 de diciembre de 2019. Se explicó los motivos del cambio de empresa de seguridad, resaltando el cambio injustificable del Señor Rember Aníbal Enríquez Godoy, por cumplir su labor, por motivo de avisar a la Junta Directiva de la visita del Señor Óscar Marín, exadministrador del Condominio. En este punto, se solicitó la reincorporación del guardia de seguridad despedido, a la plantilla de trabadores del Condominio.

Se hizo lectura de la situación de la Asociación, destacando entre el activo, la estrechez del circulante realizable para atender las prioridades urgentes del Condominio. Preocupante el crecimiento de las cuentas por cobrar, aunque han estado realizando acciones de cobro que han sido efectivas.











De los proyectos presentados, están: la estabilización del talud, la atención del tanque de almacenamiento del agua; en el primero, se presentaron cotizaciones, pero por la poca información técnica, el vecino Luis Contreras propuso la medición topografía y luego el estudio de suelos y la propuesta técnica de atención al talud, para que con base a esa información, se proceda a las cotizaciones.
Se incrementó la cuota mensual en Q20.00, y queda pendiente establecer una cuota extraordinaria para financiar la estabilización del talud y los demás proyectos.

Por su parte la Comisión Fiscalizadora presentó su informe final, destacando irregularidades en las juntas anteriores y la actual, pero hizo énfasis en la liquidación de las prestaciones laborales al exadministrador, de forma inmediata a su salida, siendo el responsable de los manejos irregulares de las finanzas, y recomienda realizar una auditoría forense, para determinar si efectivamente hay faltantes y malas prácticas dolosas, que permitan a la Asociación, determinar las acciones legales.

La Comisión Fiscalizadora hizo recomendaciones que fueron aprobados por la Asamblea: prohibición de contratar servicios  servicios de cualquier naturaleza que presten los condóminos, y la prohibición de conformar la comisión fiscalizadora, a miembros de la junta directiva, hasta después que transcurran dos periodos.

sábado, 8 de febrero de 2020

22 de febrero, Asamblea

Condominio Cañadas del Río Colonial, Villa Canales

La Junta Directiva de la Asociación de Vecinos del Condominio Cañadas del Río Colonial, con base al Artículo Décimo Primero del Reglamento de Copropiedad y Administración de la Copropiedad del Condominio Cañadas del Río Colonial, se  ha convocado a sesión ordinaria de Asamblea General, para el día sábado 22 de febrero del presente año, en la Casa Club, a las 17:00 horas; de no haber quórum, la misma se desarrollará una hora después.

Los puntos propuestos (los cuales pueden ser ratificados o modificados por la Asamblea, por tratarse de una asamblea ordinaria), son:

  1. Lectura del acta del 31/08/2019.
  2. Memoria de labores.
  3. Informe Financiero
  4. .Proyectos y propuestas.
  5. Elección de Vicepresidente y vocal III
  6. Junta Fiscalizadora.
La convocatoria hace referencia, que con base al punto aprobado en Asamblea General Ordinaria celebrada el 16 de marzo de 2019, se multará con Q500.00 a los condóminos que no asistan a las asambleas ordinarias y extraordinarias, la cual se cargará en el estado de cuenta de servicios del siguiente mes, para su pago correspondiente.

Entre los puntos propuestos no se incluye la aprobación del Presupuesto Anual y monto de las cuotas, establecido en el Artículo Octavo del Reglamento, tampoco se mencionan los problemas siguientes: tratamiento del derrumbe del talud,   las fugas  y el frecuente corte de agua,  el mantenimiento del pozo y tanque de captación, los problemas que se tuvieron con la anterior empresa de seguridad y el informe de la investigación de los posibles faltantes y desvíos de caja  detectados preliminarmente por la Junta Directiva, durante la administración a cargo del señor Marín.

Las decisiones de Asamblea General tienen fuerza vinculante para todos los propietarios, hayan o no asistido a la sesión o votado en contra  y asimismo, a la Junta Directiva le corresponde atender y operativizar  las decisiones de la Asamblea.

domingo, 2 de febrero de 2020

Se cambia empresa de seguridad

Condominio Cañadas del Río Colonial, Villa Canales

La Junta Directiva de la Asociación de Vecinos del Condominio Cañadas del Río Colonial 2019-2021, en circular No. 9 JD-2019-2021, de fecha 31 de enero de 2020, informan a los condóminos, el cambio de la empresa de seguridad "La Seguridad de Guatemala", a partir del 31 de enero.

La circular, en su parte fundamental manifiesta lo siguiente:

"Nosotros en el ejercicio de las funciones asignadas como Junta Directiva, velando siempre porque la seguridad sea una de las prioridades fundamentales, hemos encontrado falencias en el servicio, lo cual nos hizo tomar la decisión de rescindir la relación contractual con la LA EMPRESA SEGURIDAD DE GUATEMALA, a partir de la presente fecha.

Trasladaremos por menores de los causales que originaron dicha decisión en la Asamblea Ordinaria, sin más que hacer constar de momento."

Antecedentes:

El 10 de septiembre de 2017 se publicaron las bases para la contratación de la empresa de seguridad, a partir del 1 de octubre de ese año.  En esa oportunidad, se  varias empresas presentaron sus ofertas y expusieron sus propuestas económicas, experiencia e información adicional,  a la Junta Directiva de turno y la Comisión Fiscalizadora.  Entre las bases, estaba la construcción de garitas.

Desde que la Asociación ha administrado el Condominio, han desfilado empresas de seguridad que siempre han mostrado falencias en el servicio, pero es común la opaca incidencia en la administración para darle seguimiento al cumplimiento de las condiciones contractuales de la empresa de seguridad, que es parte de sus funciones.

Los vecinos esperan que la empresa contratada, de la cual no dieron a conocer la razón social , llenen los requisitos que contiene la ley que regula los servicios de seguridad privada,  Decreto 52-2010, establecidos en el Artículo 31,  Seguro y fianza: Los prestadores de servicios de seguridad privada quedan obligados a contratar y mantener vigentes: a. Seguro de vida colectivo para sus trabajadores, no menor al equivalente a quince salarios mínimos; b. Seguro o fianza de responsabilidad civil a favor de terceros, no menor a ciento cincuenta mil Quetzales; c. Fianza de cumplimiento de sus obligaciones ante sus usuarios.

Asimismo, cumplir con lo que establece el Artículo 46. Guardias. Son personas debidamente uniformadas, con identificación visible, y certificadas para brindar vigilancia y protección en el interior de sitios, edificios, establecimientos industriales, comerciales, financieros, agropecuarios y otros, vehículos de transporte de valores o mercancías, y protección de personas. Desempeñarán sus funciones dentro del ámbito en que prestan sus servicios, portando el equipo de defensa y las armas de fuego aprobadas según el plan de seguridad elaborado por el prestador de servicios de seguridad privada. Deberán cumplir los requisitos siguientes: a) Mayor de dieciocho (18) años; b) Haber aprobado el ciclo básico de educación; c) Haber cursado el ciclo básico de educación primaria y haber aprobado el curso de capacitación especial diseñado por el prestador de servicios de seguridad, el que deberá completar en un plazo de dieciocho (18) meses a contar desde su ingreso al servicio; d) Haber obtenido la capacitación y certificación por el ente establecido por la Dirección; y,..

Se espera mayor información en la próxima asamblea ordinaria, la cual no hay indicios que la convoquen, para conocer las condiciones y requisitos y la forma en que contrataron a la nueva empresa.