sábado, 17 de mayo de 2014

Residente recolecta firmas

Condominio Cañadas del Río Colonial, Villa Canales

Según información de varios condóminos,  el señor conocido con el  nombre de “ Dany”,   residente en  la casa número 6, con dirección en la 5ª. Avenida A, 1-85, ha estado visitando a los vecinos con el objetivo de solicitar la firma de apoyo para dejar sin efecto lo acordado en Asamblea Ordinaria de Propietarios y copropietarios del Condominio Cañadas del Río Colonial, celebrada el 12 de abril recién pasado, de excluir a los visitantes para utilizar la piscina y el jacuzzi y otros aspectos que solicita en forma verbal, de los cuales solo se tiene conocimiento informal.  En los registros iniciales, la titularidad de la propiedad de la casa 6,  le pertenece a  la señora Irene Telma Villatoro Calderón.

Según lo establece el artículo Cuarto del capítulo Tercero, del Reglamento de Copropiedad y Administración de la Copropiedad del Condominio Cañadas del Río Colonial, que textualmente dice: “Son derechos de los titulares de los distintos  inmuebles: a) usar, gozar y disponer de su inmueble particular, dentro de los linderos respectivos delineados en los planos originales y de registro en el título de adquisición; y de los bienes y elementos comunes del proyecto, únicamente con las limitaciones establecidas en la ley, en este Reglamento, en la servidumbre constituida, y las disposiciones que en el futuro se establezcan por la Junta Directiva y la Asamblea de propietarios. 

Como ciudadano, cualquier persona tiene el derecho de petición, pero en el caso del condominio, sólo los propietarios o copropietarios que aparecen en la escritura pública de compra venta de la vivienda, pueden ejercer ese derecho y en el presente caso, solo en una asamblea se puede discutir la modificación de decisiones que han emanado de ese máximo órgano.  Para que un memorial pueda ser aceptado para su discusión, debe contener: el número y dirección de la vivienda, nombre del titular o titulares de propiedad de la vivienda, número, fecha y notario que faccionó el instrumento legal.  La Junta Directiva podrá comparar los nombres de conformidad con los registros internos y los  documentos (constancias) obtenidos del Registro de la Propiedad, y de  no llenarse los requisitos del memorial, la Junta Directiva tiene la facultad de poder rechazarlo por improcedente por la falta de acreditación del vecino firmante.

Antecedentes:
En la última asamblea ordinaria celebrada el 12 de abril del 2014, en la sede del Club,  en la agenda que propuso la Junta Directiva, se encontraba lo relacionado con la aprobación de mantener la decisión de mantener el acceso de cuatro personas visitantes al área de la piscina y el jacuzzi,  revocar parcialmente la decisión en mantener la prohibición de ingreso de los visitantes para fechas o temporadas específicas: semana Santa, período de vacaciones escolares en junio,  noviembre y diciembre, o revocar totalmente el acceso de los visitantes a esas áreas.  Después de las discusiones correspondientes, quedó aprobada la última opción: revocar el ingreso de los visitantes.

La indiferencia de muchos condóminos a participar en las asambleas convocadas, hacen que la minoría decidan por los demás,  y en concordancia con el  último párrafo del Artículo Undécimo del Reglamento en mención, establece: “….Las decisiones de Asamblea General tienen fuerza vinculante para todos los propietarios, hayan o no asistido a la sesión o votado en contra.

La disposición de revocar la autorización para ingresar visitantes a la piscina, según lo discutido en la Asamblea, ha sido porque la mayoría de los usuarios registrados para ingresar, eran  invitados y por lo tanto, no se tenía la conciencia de hacer un buen uso de las instalaciones;  el gasto de mantenimiento de las piscinas, se incrementa por la presión de su uso, y se ha llegado al límite del costo  y esa medida contribuye a evitar que  todos los condóminos  subsidien por cuotas adicionales  el gasto de mantenimiento de la piscina a causa de los invitados.  Otros motivos que se discutieron fue el uso y abuso indiscriminado de invitar a personas ajenas al condominio con aval de algún residente y muchas veces sin su compañía.  No se atendieron las reglas de uso de la piscina, tal como  el simple hecho de ducharse antes de usar la piscina o jacuzzi;  también hubo denuncias de actos inmorales e incluso  sospecha de consumo de estimulantes.   La casa club es propiedad privada  y es nuestro patrimonio  y cada uno debe constituirse en vigilante y denunciar a la administración cuando observe aspectos irregulares y destructivos, porque  su deterioro tiene un costo para todos los vecinos,  no sólo para los que promueven su uso intensivo.

Foto tomada de la página de Facebook
de Condominio C Colonial
La  actual Junta Directiva de la Asociación de Vecinos, en los primeros tres meses de gestión, no obstante las precariedades financieras que ha encontrado, ha demostrado la disposición y actitud de servicio al vecindario del Condominio, cuyas acciones no se pueden invisibilizar, como por ejemplo,  las gestiones para la señalización víal en la carretera;  la reparación de las cunetas  de la carretera por desprendimiento de la misma y construcción de muro de contención; efectuar exámenes para mantener un registro  médico de las mujeres que participan en  las clases de aeróbicos en el gimnasio,  con el apoyo de la Municipalidad de Villa Canales;  la celebración del día de la madre;  las gestiones emprendidas con la empresa Servicios Generales Mundo Verde,     S.  A., para demandar la reparación de la planta de tratamiento de aguas negras;  la atención legal para desembargar las áreas comunes;  depuración de los registros del sistema biométrico, et., etc.    Se hace mención de lo anterior, porque también se rumoró que,  en el momento de recolectar las firmas, llevaba implícito un mensaje de desconocimiento de la actual Junta Directiva,  pero este extremo no se ha podido confirmar, por lo que no se le da importancia.


4 comentarios:

  1. Yo realmente no entiendo por que insistir en convertir en piscina pública nuestro club, o será acaso que por el uso excesivo y descuidado que se le de, las personas que lo promueven van a estar dispuestas a cubrir con cuotas extraordinarias o adicionales su mantenimiento o reparación??? o será el caso que los visitantes lo harán???
    yo por mi parte en ningún momento erogarí a de mi bolsillo ninguna cantidad, para ese rubro .
    vecino, sólo analiza el refran: "lo que no nos cuesta, hagamoslo fiesta"
    Donald Azurdia.

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  2. Donald, como dice, no pagaría cuota adicional o extraordinaria para mantenimiento o reparación, pero si fue bueno para comprar con dinero que no era suyo un gimnasio sobre valorado, y alli le cae si refran "lo que no nos cuesta, hagamoslo fiesta"

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  3. Jajajaja vuelve elbdisquito rallado, será. que no existe otra forma de defender los puntos de vista o solamente es falta de capacidad, inteligencia, lógica, pues si mo es nada de lo anterior, sólo nos queda una discapacidad a nivel mental y sobre todo una falta de...... atributos para discutirva otro nivel.
    con la auditoría se despejaran dudas, sólo por favor asiata a la asamblea y lleve a alguien que se lo pueda explicar a su nivel.
    Donald Azurdia

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  4. Por primera vez estoy deacuerdo con el señor Azurdia... respetemos y cuidemos nuestro condominio!

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