domingo, 6 de abril de 2014

Uso de piscina es limitado


Condominio Cañadas del Río Colonial, Villa Canales

Derivado de controversias que se han originado en la página de Facebook, Condominio C Colonial,  sobre la cantidad de personas autorizadas para ingresar a la piscina, se publica la siguiente información:

1.       Cuando se firmaron las escrituras de compra venta, durante los años 2007 y 2008, se obligó a firmar una DECLARACIÓN ESPECIAL, con firma autenticada de la Licenciada Ana Lucrecia Palomo de Ortíz, en su calidad de abogada y notario de la empresa Servicios Generales Mundo Verde, S. A., relacionada con el uso de la piscina:

“La persona que abajo se suscribe, por este acto hago la presente declaración: A) Que conozco las reglas para uso de la piscina del Proyecto Cañadas del Río Colonial, así como las advertencias sobre su uso,  EN ESPECIAL, el hecho de que la misma no cuenta con servicio de personal salvavidas, B) Que hago uso de la misma, en compañía de mis familiares o amigos invitados, D) En consecuencia desde ya libero al propietario de la Piscina o a la empresa Servicios Generales Mundo Verde, Sociedad Anónima de cualquier daño o perjuicio derivado del uso que de la piscina haga mi persona, mis familiares o amigos invitados, otorgando desde ya al propietario del inmueble o a la empresa Servicios Generales Mundo Verde, Sociedad Anónima, el más completo y eficaz FINIQUITO, con pacto expreso de no pedir ni reclamar, en material civil o penal, respecto a cualquier hecho o daño o perjuicio derivado del uso que de la piscina haga mi persona, mis familiares o amigos invitados….”

2.      En asamblea general de propietarios celebrada en el año 2009,  y con base al Reglamento de Copropietarios, Artículo Vigésimo Cuarto. Nuevas Normas de Convivencia del Condominio, sometió a consideración de la Asamblea General el uso  limitado de la piscina, la cual se aprobó con un máximo de cinco personas por cada unidad de vivienda, y si en caso hay invitados, un miembro del grupo familiar debidamente acreditado, podría ingresar cuatro invitados para uso de la piscina y jacuzzi; en esa oportunidad también se resolvió que en la casa Club no se permitirían celebraciones de ninguna naturaleza, de esa cuenta, el gimnasio fue ampliado en la parte que antiguamente se ocupaba para reuniones y la práctica de squash; no se permitió tampoco el piñatón.

Las medidas que se tomaron y que siguen vigentes, en el caso de la piscina, es porque las mismas son muy pequeñas, y si se hubiere continuado 

con una entrada abierta y sin limitación, no habría cabida para atender a las familias de las 209 casas; afortunadamente,  la piscina sólo la utiliza un grupo reducido de condóminos, si fuera mayor, el costo de mantenimiento también se incrementa.


Las decisiones no están escritas en piedra y las mismas pueden ser cambiadas, pero es necesario que las personas asistan a las asambleas que convoca la Junta Directiva de la Asociación de Vecinos del Condominio Cañadas del Río Colonial, para discutir los asuntos de interés general:  para el caso del ingreso de invitados a la piscina, se puede modificar, ya sea para eliminar el ingreso de los mismos, y dejarla únicamente para uso exclusivo de los condóminos, que sería lo más correcto, pues la experiencia indica que la piscina se ha ido deteriorando por el mal cuidado que tienen los visitantes en su uso, quienes en muchas de las veces, no respetan las reglas de uso de la piscina como el caso de ducharse previamente.

1 comentario:

  1. Es importante resaltar, que la disposición de limitar el ingreso de visitantes a la piscina responde a cuidado y costo de mantenimiento que debemos cubrir todos los condominos y que fue una Asamblea General (órgano supremo) quien lo aprobó, además el uso de sauna y gimnasio es EXCLUSIVAMENTE PARA RESIDENTES y con la mala administración del sistema biometrico se está convirtiendo en un lugar público, espero que dicho sistema sea depurado antes de semana santa, ya que cualquiera usará las instalaciones, menos los que somos dueños de las mismas. VECINO HAGO UN LLAMADO AL SENTIDO COMUN no propiciemos ni permitamos que otras personas mal utilicen y destruyan nuestro patrimonio. Donald Azurdia

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