Cañadas del Río Colonial, Villa Canales
La Junta Directiva del condominio, distribuyó la circular relacionada con el cumplimiento del mandato de asamblea general, celebrada el 19 de marzo pasado, relacionado con la imposición de multas para los condóminos que incumplan reiteradamente el reglamento.
"CIRCULAR INFORMATIVA
Villa Canales 02 de mayo de 2011.
Estimado vecino:
Recibe un cordial saludo de la Junta Directiva del condominio, el motivo de la presente es informarte lo siguiente:
Como es del conocimiento de los vecinos que asistieron a la Asamblea General Ordinaria del 19-3-2011 en la misma se sometió a votación entre otros puntos, la imposición de multas a los infractores de varios aspectos del reglamento, siendo autorizado imponer multas del equivalente de $25.00 de los Estados Unidos de Norte América, las que se cargarán al pago de servicios.
El reglamento del Condominio establece normas de convivencia, las que al ser quebrantadas generan la imposición de una multa, en innumerables oportunidades se te ha pedido colaboración en cuanto al cumplimiento de dichas normas, siendo la mayoría de condóminos, los que las han respetado, sin embargo existen vecinos que de manera deliberada y constante continúan en la actitud de inobservancia a los preceptos, como los siguientes: PARQUEO DE VEHICULOS EN LUGARES NO AUTORIZADOS, PARQUEO PERMANENTE EN AREAS DESTINADAS PARA EL EFECTO, EXCESO DE VELOCIDAD DENTRO DEL CONDOMINIO, MASCOTAS QUE DEAMBULAN EN EL CONDOMINIO SIN SUPERVISION DEL AMO, DEFECANDO EN JARDINES AJENOS Y AREAS COMUNES, VECINOS QUE PASEAN A SU MASCOTA SIN PORTAR BOLSA PARA RECOGER LOS “REGALITOS” DE LAS MISMAS, EL VOLUMEN DE EQUIPOS DE SONIDO A HORAS NO PRUDENTES, ETC.
Ante tal situación a partir de la presente fecha, se procederá a la imposición de multas por infracciones al reglamento, siguiendo el procedimiento que a continuación se detalla: 1) se hará una simple notificación al vecino y con fotografía según el caso, no es necesario que el vecino la reciba o firme. 2) se impondrá la multa en caso de persistir o reincidir.
Es necesario resaltar que la imposición y pago de la multa, no convalida el hecho de seguir infringiendo el reglamento y se impondrá multa por infracción, no importando que sea al mismo vecino.
Adicionalmente, el monto de las multas por infracciones mayores tales como VIOLENTAR LOS CEPOS POR CORTE DE SUMINISTRO DE AGUA (falta de pago de servicios), CONSTRUCCIONES ILEGALES Y OTROS DEBIDAMENTE REGULADOS; será de $200 a $2,000 como está establecido en el reglamento.
Por último, el vecino podrá apelar la imposición de la multa ante la junta directiva dentro de un plazo de 7 días calendario, debiendo presentar cualquier documentación que la misma solicite para resolver en definitiva la situación.
Reiterando lo manifestado en la Asamblea General, no quisiéramos tener que llegar al extremo de imponer sanciones, por lo que exhortamos a los vecinos que actualmente siguen quebrantando la normativa a abstenerse a hacerlo y lograr una convivencia basada en orden y respeto.
JUNTA DIRECTIVA"
La Junta Directiva del condominio, distribuyó la circular relacionada con el cumplimiento del mandato de asamblea general, celebrada el 19 de marzo pasado, relacionado con la imposición de multas para los condóminos que incumplan reiteradamente el reglamento.
"CIRCULAR INFORMATIVA
Villa Canales 02 de mayo de 2011.
Estimado vecino:
Recibe un cordial saludo de la Junta Directiva del condominio, el motivo de la presente es informarte lo siguiente:
Como es del conocimiento de los vecinos que asistieron a la Asamblea General Ordinaria del 19-3-2011 en la misma se sometió a votación entre otros puntos, la imposición de multas a los infractores de varios aspectos del reglamento, siendo autorizado imponer multas del equivalente de $25.00 de los Estados Unidos de Norte América, las que se cargarán al pago de servicios.
El reglamento del Condominio establece normas de convivencia, las que al ser quebrantadas generan la imposición de una multa, en innumerables oportunidades se te ha pedido colaboración en cuanto al cumplimiento de dichas normas, siendo la mayoría de condóminos, los que las han respetado, sin embargo existen vecinos que de manera deliberada y constante continúan en la actitud de inobservancia a los preceptos, como los siguientes: PARQUEO DE VEHICULOS EN LUGARES NO AUTORIZADOS, PARQUEO PERMANENTE EN AREAS DESTINADAS PARA EL EFECTO, EXCESO DE VELOCIDAD DENTRO DEL CONDOMINIO, MASCOTAS QUE DEAMBULAN EN EL CONDOMINIO SIN SUPERVISION DEL AMO, DEFECANDO EN JARDINES AJENOS Y AREAS COMUNES, VECINOS QUE PASEAN A SU MASCOTA SIN PORTAR BOLSA PARA RECOGER LOS “REGALITOS” DE LAS MISMAS, EL VOLUMEN DE EQUIPOS DE SONIDO A HORAS NO PRUDENTES, ETC.
Ante tal situación a partir de la presente fecha, se procederá a la imposición de multas por infracciones al reglamento, siguiendo el procedimiento que a continuación se detalla: 1) se hará una simple notificación al vecino y con fotografía según el caso, no es necesario que el vecino la reciba o firme. 2) se impondrá la multa en caso de persistir o reincidir.
Es necesario resaltar que la imposición y pago de la multa, no convalida el hecho de seguir infringiendo el reglamento y se impondrá multa por infracción, no importando que sea al mismo vecino.
Adicionalmente, el monto de las multas por infracciones mayores tales como VIOLENTAR LOS CEPOS POR CORTE DE SUMINISTRO DE AGUA (falta de pago de servicios), CONSTRUCCIONES ILEGALES Y OTROS DEBIDAMENTE REGULADOS; será de $200 a $2,000 como está establecido en el reglamento.
Por último, el vecino podrá apelar la imposición de la multa ante la junta directiva dentro de un plazo de 7 días calendario, debiendo presentar cualquier documentación que la misma solicite para resolver en definitiva la situación.
Reiterando lo manifestado en la Asamblea General, no quisiéramos tener que llegar al extremo de imponer sanciones, por lo que exhortamos a los vecinos que actualmente siguen quebrantando la normativa a abstenerse a hacerlo y lograr una convivencia basada en orden y respeto.
JUNTA DIRECTIVA"