viernes, 28 de marzo de 2025

Estatutos Asociación de Vecinos del Condominio CRC, Primera Parte

 Cañadas del Río Colonial, marzo de 2025.


En aras de que los condóminos del Condominio Cañadas del Río Colonial conozcan los estatutos de la Asociación de Vecinos del Condominio Cañadas del Río Colonial, se hizo un esfuerzo en digitar la escritura pública levantada en el protocolo del Abogado y Notario Ricardo Rafael de Jesús Clavería Ortiz, la cual se publica por capítulos.  Esta es una contribución en víspera de la próxima asamblea general que se celebrará el 5 de abril próximo.

Primera parte: Capítulo I

Acta notarial asentada en hojas de protocolo del licenciado Ricardo Rafael de Jesús Clavería Ortiz, numeradas del C 1959613 al C1959620, correlativo No. 199629 199636.

NÚMERO VEINTINUEVE (29). En la ciudad de Guatemala, a los veinticuatro días del mes de febrero del año 2010, ante mí,  RICARDO RAFAEL DE JESÚS CLAVERÍA ORTIZ, NOTARIO, comparecen las siguientes personas: I) BEATRIZ ALEJANDRA OVANDO CHÁVEZ DE ÁLVAREZ, II) JOSÉ SAMUEL HERNÁNDEZ MENÉNDEZ,  III) EDNA SORAYA GUILLÉN REYNA DE JUÁREZ,  IV) DONALD ESTUARDO AZURDIA OVANDO, V) CARMEN MARÍA SANTISO RODRIGUEZ DE AZURDIA, VI) MARIA MILAGROS CRUZ DONIS, VII) AURA MARINA PEREIRA LÓPEZ,  VIII) LUIS FERNANDO RAMÍREZ QUIROZ,IX) ANA BETILIA ESCOBAR CABRERA, ; X) LILIAN LUCRECIA SAMAYOA CASTRILLO DE MANSILLA, XI) ORLANDO FRANCISCO MEDINA SALAZAR,  XII) EDUARDO JOSÉ PRERA GONZÁLEZ,  XIII) RICARDO SANDOVAL ACEVEDOCOMO NOTARIO DOY FE: A) Que los comparecientes son de los datos de identificación personal anteriormente relacionadas. B) que me aseguran encontrarse en el libre ejercicio de derechos civiles, y que por este acto otorgan contrato de CONSTITUCIÓN DE ASOCIACIÓN CIVIL NO LUCRATIVA, sujetándose y manifestando estar constituida de conformidad al decreto número cero dos guion dos mil tres, Ley de Organizaciones No Gubernamentales de conformidad a las siguientes cláusulas: PRIMERA.  Declaran los comparecientes que en este momento se constituyen en Asamblea General, aprobando por unanimidad los siguientes puntos: a) manifestar su voluntad expresa de constituir una asociación civil no lucrativa; b) Discusión y aprobación de los estatutos de la Asociación; elección y toma de posesión de los miembros de la Junta Directiva provisional de la Asociación. SEGUNDA: declaran los comparecientes que han celebrado reuniones previas con el objeto de constituir una asociación civil sin finalidades lucrativas, cuyo objeto y fines puedan promover, ejercer y proteger sus intereses comunes, de conformidad con lo establecido por la Constitución Política de la República de Guatemala y demás leyes vigentes, razón por la cual, por unanimidad expresamente declaran su voluntad de constituir una asociación civil que se denominará “ASOCIACIÓN DE VECINOS DEL CONDOMINIO CAÑADAS DEL RÍO COLONIAL”. TERCERA:  someten a conocimiento a los presentes los estatutos que regirán a la asociación, los cuales después de haber sido ampliamente discutidos coma son aprobados por unanimidad por los presentes como los cuales quedan de la siguiente manera:  CAPÍTULO UNO (1) DISPOSICIONES GENERALES: Artículo uno. Denominación y Naturaleza: I) Denominación: La Asociación que por este acto se constituye se denominará:  en adelante la asociación.  II) NATURALEZA:  La asociación es una organización de carácter privado, no lucrativa, no religiosa, apolítica, social, cultural, educativa, humanitaria, de asistencia social y de desarrollo integral de sus asociados. ARTÍCULO DOS (2) OBJETO: tendrá por objeto regular las relaciones que surjan con motivo de la convivencia de los propietarios y copropietarios que constituyeron el régimen especial de copropiedad y el reglamento de copropiedad y administración del condominio denominado Cañadas del río colonial, los cuales además se regirán por los respectivos estatutos que conforman un solo cuerpo. ARTÍCULO TRES (3). DOMICILIO. La asociación civil denominada asociación de vecinos del condominio Cañada del río colonial, tendrá su domicilio en Guatemala, departamento de Guatemala, y su sede en el municipio de Villa Canales, kilómetro diecinueve punto tres (19.3) lugar exacto dónde queda dicho condominio, en donde se desarrollarán sus sesiones y asambleas, sin embargo, la asociación podrá establecer subsedes, oficinas y delegaciones en cualquier parte del territorio de la República de Guatemala, así como en el extranjero. ARTÍCULO CUATRO (4) PLAZO.  La ASOCIACIÓN DE VECINOS DEL CONDOMINIO se constituye por un plazo indefinido. ARTÍCULO CINCO (5). FINES DE LA ASOCIACIÓN: a) defender y representar los intereses de los asociados antes las entidades públicas, privadas, autónomas o semiautónomas y nacionales en general, y toda aquella que de forma directa o indirecta pretenda b) Fomentar la armonía y vínculo de Unión entre sus asociados.  c) Planificar, ejecutar y administrar actividades propias, d) Promover la organización y la participación de los asociados, y,  e) planificar, diseñar y ejecutar cualquier otra actividad que la Asamblea General o Junta directiva apruebe y que sea congruente a los objetivos de la asociación y de conformidad con los presentes estatutos. 

jueves, 20 de marzo de 2025

Convocatoria tardía de asamblea 2025

 Condominio Cañadas del Río Colonial, Villa Canales, marzo de 2025

Según publicación aparecida en Prensa Libre, de fecha 20 de marzo del presente año, en la página 31 aparece la convocatoria:

"Convocatoria Asamblea General Ordinaria

A los asociados del Condominio Cañadas del Río Colonial, el día 05 de abril del año 2025, en la Casa Club (Km. 19.3 carretera a Villa Canales), dando inicio a las 15:00 horas, de no contar con el quórum requerido se llevará a cabo una hora después en el mismo lugar y fecha.

Junta Directiva 2023-2025

Villa Canales, 20 de marzo de 2025"